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PAENQUEBE - Horas Extras


LA AMPLIACION EN TRABAJOS POR TURNOS NO CONSTITUYE TRABAJO SUPLEMENTARIO O DE HORAS EXTRAS

Cuando la naturaleza de la labor no exija actividad continua y se lleve a cabo por turnos de trabajadores, la duración de la jornada puede ampliarse en mas de ocho horas, o en más de 48 horas semanales, siempre que el promedio de las horas de trabajo calculado para un período que no exceda de tres semanas, no pase de ocho horas diarias, ni de 48 a la semana. Esta ampliación no constituye trabajo suplementario o de horas extras.

SALARIOS UNIFORMES INCLUIDOS LAS HORAS EXTRAS

Cuando implique trabajos rotativos de turnos diurnos y nocturnos, las partes pueden estipular salarios uniformes para el trabajo diurno y nocturno, siempre que estos salarios comparados con los de actividades idénticas o similares en horas diurnas compensen los recargos legales.

COMO SE DETERMINAN LAS HORAS EXTRAS

- NOTA:  Durante un mes se trabajan 240 Horas   = Que EQUIVALEN A 8 HORAS DIARIAS 

PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDACION HORAS EXTRAS 

La Hora ordinaria 

Se calcula tomando el SALARIO BASICO MES diviiendolo en 240

RECARGO NOCTURNO


- SALARIO BASICO MES diviiendo en 240 por  0.35  y va de las 10 pm hasta las 6 am

Hora Extra Diurna

- SALARIO BASICO MES diviiendo en 240 por 0.25 mas Hora Ordinaria lo que daria 1.25% Hora Diurna y va de las 6.am a las 10 pm

Extra Nocturna

- SALARIO BASICO MES diviiendo en 240 por 0.75 mas Hora Ordinaria lo que daria 1.75% Hora Diurna y va de las 10.pm a las 6 am


Extra Festiva Diurna

- SALARIO BASICO MES diviiendo en 240 por 2

Extra Festiva Nocturna

- SALARIO BASICO MES diviiendo en 240 por2.5

Un Dominical o Festivo

- SALARIO BASICO MES diviiendo en 30 por 1.75 sino lo compensa, si es con compensatorio solo se pagaria el 0.75 

En conclusion se puede liquidar asi

- Hora extra diurna 1.25%
- Hora extra nocturna 1.75%
- Recargo nocturno 0.35%
- Hora extra diurna dominical 2.00%
- Hora extra nocturna dominical 2.50%
- Dominical o Festivo 1.75% de un dia ordinario (normal) sin lo compensa en caso contrario solo se paga el 0.75% mas de un dia ordinario (normal)


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